UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULO
El arrendatario recibe en alquiler el vehículo y accesorios descritos en el contrato en perfectas condiciones de funcionamiento y se compromete a consérvalos y cumplir con las normas del Código de Circulación.
Queda expresamente prohibido:
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO
El vehículo se devolverá en el lugar, fecha y hora estipuladas.
LIQUIDACIÓN DEL ARRENDAMIENTO
El arrendatario acepta pagar además de los cargos que figuran en el contrato los gastos ocasionados por:
COBERTURAS
El seguro concertado por el Arrendador cubre al arrendatario y conductores autorizados por el presente, la responsabilidad civil, (daños a terceros) por cantidad de hasta 50 millones de €, asistencia sanitaria en centros reconocidos (C.C.S.)
.La aceptación del pago de suplemento de la cobertura contra colisión exonerará el arrendatario del pago de los gastos ocasionados al vehículo arrendado
Queda excluido los daños producidos por una persona menor de 25 años o con menos de 5 años de antigüedad, en el permiso de conducir quedan excluidos de la modalidad de Responsabilidad civil Obligatoria ,así como de todas las modalidades de subscripción voluntaria , tanto los daños producidos en el vehículo asegurado como los causados por el vehículo asegurado Queda expresamente excluido de la cobertura concertada, la perdida, robo o daños de los bienes transportados en el vehículo.
ACCIDENTES
En caso de accidente, el arrendatario estará obligado a:
REQUISITOS
En la entrega del vehículo es imprescindible presentar el DNI ó Pasaporte y el carnet de conducir.
CONDUCCIÓN NEGLIGENTE
El arrendatario que condujera vehículos de la Empresa bajo la influencia de drogas estupefacientes, bebidas alcohólicas o de que cualquier otra forma tuviera alteradas sus facultades mentales, asumirá la íntegra responsabilidad de los daños y desperfectos que sufriera el vehículo, así como los que ocasionará a otros vehículos, personas, objetos, animales y terceros en general. El conductor del vehículo en las condiciones anormales antedichas se hace también responsable de las personas u objetos transportados y de las sanciones a que dé lugar. El arrendatario, no tendrá derecho a la sustitución del vehículo alquilado si por accidente éste quedara inutilizable ni tampoco a que se le reintegre cantidad alguna por el concepto antes citado.
FUERO
Para cuantas cuestiones pudieran derivarse del cumplimiento y ejecución del contrato, los contratantes se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife con renuncia si lo tuvieran a su fuero propio.
AMBITO TERRITORIAL
Queda expresamente prohibido a los arrendatarios sacar el vehículo arrendado del ámbito territorial de la Isla donde se realiza el contrato . En caso de incumplimiento de la antedicha prohibición quedará automáticamente rescindido el contrato, pudiendo el arrendatario ejercitar ante los Tribunales cuantas acciones fuere menester en derecho.